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Consenso Intersocietario sobre Restricción al Movimiento Espinal en el paciente Traumatizado

por | 3 Nov, 2021 | Capacitación | 0 Comentarios

La Atención Prehospitalaria de las Emergencias Médicas a través de los SEMs (Servicios de Emergencias Médicas) constituye el primer eslabón y el acceso de los pacientes de todo sistema de atención médica integral en un área determinada. Dicha atención prehospitalaria, y su acceso, pueden optimizarse mediante la capacitación de la comunidad en técnicas de primeros auxilios, RCP básica, control de Hemorragia, cómo comportarse en situaciones de desastre y asegurar la comunicación temprana al SEM que también es patrimonio de dichos sistemas de emergencia.

Los otros eslabones de la cadena están constituidos por la atención médica hospitalaria en el hospital más cercano apropiado (mediante la correspondiente habilitación categorizante y acreditación institucional y de programas y con profesionales debidamente certificados y revalidados), una rehabilitación temprana e integral que permita la reinserción familiar, social y laboral del paciente con la menor secuela posible relacionada a la causa de su emergencia. Todos estos eslabones deben ser considerados como de prevención terciaria, esto es, atender al paciente una vez que ha sufrido una emergencia, ya sea traumática o no traumática.

El sistema integrado e inclusivo debe también contar con la participación con la comunidad a los fines de evitar que se produzca el hecho (prevención primaria) y de que cuando el paciente está sufriendo la emergencia pueda contar con elementos para mitigar o evitar sus consecuencias (prevención secundaria).

El desarrollo de la medicina de emergencia, asociado a la informatización de los sistemas, a la optimización de las comunicaciones y al acceso remoto a través de la telemedicina, han generado progresos relevantes por que se hace necesario plantear actualizaciones periódicas de las recomendaciones de diversos aspectos de la atención por parte de los profesionales que se desempeñan en los SEM.

En esta oportunidad, se decidió comenzar con una actualización acerca de la restricción al movimiento de la columna vertebral en pacientes traumatizados. Hasta hace unos pocos años, las recomendaciones de las instituciones científicas internacionales y nacionales (ATLS – ACS, ITLS, PHTLS, Comisión de Trauma de la AAC, etc.) indicaban mandatoriamente la Restricción al Movimiento de la Columna Vertebral en TODOS LOS PACIENTES TRAUMATIZADOS para evitar la progresión de las lesiones inicial producidas en el momento del hecho.

Durante la última década, esta postura ha sido discutida, analizada y revisada por numerosas publicaciones y estudios realizados al respecto. Es importante destacar la participación, en este Consenso, de las entidades oficiales de salud a través de la Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias, lo que le asegura a esta recomendación el aval correspondiente para su implementación en el ámbito federal.

El motivo del presente Consenso Intersocietario de Restricción al Movimiento Espinal en el paciente traumatizado (CISReMET) fue analizar por parte de las entidades científicas correspondientes la evidencia actual y generar una nueva recomendación actualizada para facilitar el accionar de los profesionales en la escena.

La Academia Nacional de Medicina agradece y destaca la predisposición de las sociedades científicas participantes para impulsar la creación del CISReMET, garantizando la participación frecuente y sostenida de sus representantes, apoyando el cumplimiento de la planificación y respetando el tratamiento de los objetivos propuestos para esta primera etapa de trabajo.

También, se desea agradecer a los profesionales participantes por su compromiso en la rigurosidad de sus contribuciones, al equipo coordinador por su ardua tarea para garantizar que los aspectos operativos facilitaran la tarea y, especialmente, al personal administrativo y a los señores Miembros del Consejo de Administración y demás señores Académicos de la ANM que se pronunciaron y trabajaron para concretar esta tarea.

Las conclusiones emanadas del presente consenso representan la opinión de las entidades participantes, tal como fue acordado por las sociedades científicas que colaboraron en la constitución del Consenso.

La Academia Nacional de Medicina espera que este documento de enorme valor, elaborado por los integrantes de esta coalición intersocietaria luego de numerosas y fructíferas reuniones, sirva de guía para la elaboración y aplicación de normas que ayuden en diversos ámbitos de la Nación a la prevención y al mejor tratamiento posible de los pacientes víctimas de trauma.

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Sociedad Argentina de Patología de Urgencia y Emergentología

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